Suministro Inmediato de Información SII en CástorRetail
El pasado 6 de diciembre se publicó el Real Decreto que aprueba el nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) y entrada en vigor para el próximo 1 de julio de 2017 obligando a las empresas a adaptarse a una nueva forma de relacionarse con la Administración Tributaria.
¿Qué supone el Suministro Inmediato de Información SII?
- Libros Registros del IVA electrónicos.
- Obligatorio para todas las empresas que presentan declaraciones mensuales del IVA.
- La información a proporcionar a la Administración Tributaria será la que actualmente debe consignarse en los Libros y además incluye cierta información adicional.
- Como norma general, el plazo para la presentación de los datos para cada factura expedida o recibida será de cuatro días desde su expedición o registro, con determinadas reglas especiales.
- Introduce modificaciones que afectan al cumplimiento de otras obligaciones formales.
Objetivos
- Lucha contra el fraude fiscal
- Mejora en la calidad de los datos
- Correcta aplicación de las prácticas contables
- Ahorro de costes
- Mayor eficiencia
¿Qué tendrán que hacer las empresas obligadas a aplicarlo?
- Adaptar antes del mes de julio de 2017 sus sistemas informáticos o ERP para poder cumplir con todos los requisitos de contenido y, sobre todo, de plazos que implica el SII.
- Aportar una información totalmente precisa, pues el margen para introducir correcciones será prácticamente inexistente y se va a proporcionar a la Administración Tributaria toda la información relativa a sus operaciones realizadas y recibidas.
- Asegurarse de que el tratamiento fiscal aplicado a todas sus operaciones, expedidas y recibidas, es el correcto, pues la Administración Tributaria va a tener la posibilidad de comprobarlo y corregirlo en tiempo real.
- Se estará obligado a llevar los libros registro de IVA a través de la página web de la Agencia Tributaria, donde esos libros se irán formando con cada uno de los envíos del detalle de las operaciones realizadas. Por tanto, serán electrónicos los libros de registro de las facturas expedidas, las facturas recibidas, los bienes de inversión, las operaciones intracomunitarias, así como los importes en metálico.
- No se deberá presentar la factura en sí, sino los registros de facturación e información adicional de relevancia fiscal.
- El plazo de remisión de estos datos será de 4 días hábiles desde la emisión o el registro contable de las facturas (ampliado a 8 días durante los seis primeros meses). Si la factura la hace un tercero o el destinatario (autofacturación), el plazo aumentará de 4 a 8 días.
- Se eliminará la obligación de presentar los modelos 347, 340 y 390.
- Se ampliará el plazo para la presentación de las autoliquidaciones de 20 a 30 días.
- Las facturas simplificadas, emitidas o recibidas, se podrán agrupar y enviar los registros de facturación del correspondiente asiento resumen, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos (por ejemplo, en el caso de facturas recibidas, han de ser del mismo proveedor).
¿Cómo cambia la solución técnica?
Hasta ahora los ERP normalmente generaban un archivo de texto con la información a presentar ante la AEAT, ya fuera el modelo 303 para las empresas en general o el modelo 340 para las empresas en REDEME.
Con la entrada en vigor del SII el envío de esta información se realizará en formato electrónico vía Internet, concretamente mediante Servicios Web basados en el intercambio de ficheros de tipo XML (eXtensible Markup Language, traducido como Lenguaje de Marcado Extensible), lo que supone un gran cambio técnico sobre los archivos de texto anteriores.
La estructura de este envío tendrá una cabecera común con la información del titular de cada libro registro, así como la información del ejercicio y período en el que se registran dichas operaciones. A esta cabecera le acompañará un bloque con el contenido de las facturas.
¿Qué va a hacer el ERP de Cástor con relación al Suministro Inmediato de Información SII?
Adaptar los procesos de envío de información de facturas recibidas y emitidas a los formatos XML requeridos por el SII antes de la fecha límite, de manera que los clientes que usan nuestro Cástor ERP podrán cumplir con todas las obligaciones tributarias
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